Fecoljuegos solicita a Supersalud suspender la obligación de los reportes financieros

El gremio solicita a la Superintendencia Financiera  suspender el reporte de los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019 y ampliar el plazo del mismo hasta tanto se supere la emergencia decretada por el COVID-19, y sea posible la realización de las Asambleas de Accionistas para la aprobación de los mismos.

 

Fecoljuegos realiza el requerimiento de suspensión y ampliación del reporte de los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019 en razón de la situación de fuerza mayor en que se encuentra la industria de juegos de suerte y azar a causa de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y el aislamiento preventivo obligatorio de todas los habitantes del territorio nacional desde el 23 de marzo y hasta el 13 de abril del
2020; esta solicitud se apoya en las siguientes circunstancias.

I. SITUACIONES DE HECHO

1. La presidencia de la República mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el Territorio Nacional.
2. El Ministerio de Salud y Protección Social junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidieron la Resolución No. 00453 de 2020 en la que se indica en el artículo 1° que:

“Artículo 1. Clausura temporal de establecimientos. Adoptar como medida sanitaria preventiva
y de control en todo el territorio nacional, la clausura de los establecimientos y locales comerciales
de esparcimiento y diversión: de baile, ocio y entretenimiento y juegos de azar y de apuestas tales
como casinos, bingos y terminales de juegos de video”.

3. El artículo 1 del Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 expedido por el presidente de la República, dispuso:

“Artículo 1. Aislamiento. Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas
habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo
de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia
sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19”.

4. Coljuegos el 19 de marzo emitió la Resolución No. 20201200007894 del 19 de marzo de 2020, ordenando en su artículo segundo que:

“ARTÍCULO SEGUNDO. ACCEDER a desde la fecha de expedición de la presente resolución y hasta el 15 de abril de 2020, a la suspensión de los contratos de concesión de juegos de suerte y azar localizados celebrados por Coljuegos (…)”

Es importante destacar que para la Federación y sus agremiados es un compromiso el cumplimiento de los requerimientos que realiza  la Superintendencia Nacional de Salud; razón por la cual, solicitamos  dicha ampliación del plazo en el reporte para poderlos realizar en su debida forma en el momento en el que se supere la emergencia decretada por el Gobierno Nacional.

 

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