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Nuevo código de policía y el perímetro para juegos localizados

Conozca lo que dice el nuevo Código de Policía acerca del perímetro para los juegos de suerte y azar localizados y sus derechos adquiridos.

El nuevo texto conciliado y aprobado al proyecto de ley No. 99 de 2014 por el cual se expide el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, en el artículo 84, determina que corresponderá a los Concejos Distritales o Municipales a iniciativa de los Alcaldes establecer el perímetro para el ejercicio de juegos  de suerte y azar localizados, dentro del año siguiente a la publicación de la ley.

El perímetro de impacto corresponderá a la distancia que se deberá mantener alrededor de hospitales, hospicios, centros de salud, centros educativos en los niveles de preescolar, básica, media, superior o de educación para el trabajo y desarrollo humano y centros religiosos.

Los operadores de juegos de suerte y azar localizados han manifestado su preocupación frente a lo establecido en el texto, puesto que no saben qué ocurrirá si sus establecimientos se encuentran dentro del perímetro de impacto una vez se emita la respectiva reglamentación.  Al respecto, el mismo texto menciona que se respetarán los derechos adquiridos de los establecimientos legalmente constituidos si llegasen a verse afectados.

Recordemos que en el antiguo Código de Policía, los juegos de suerte y azar no se podían ubicar en zonas de uso público, sectores residenciales o de uso institucional y a menos de 200 metros a la redonda de centros de educación formal y no formal, universidades, centros religiosos, clínicas y hospitales.

Los derechos adquiridos bajo la antigua reglamentación no podrán verse afectados, teniendo en cuenta que una ley posterior no puede tener efectos retroactivos para desconocer situaciones jurídicas creadas y consolidadas bajo una ley anterior.

Es decir, los conceptos previos favorables, de los establecimientos con operación de juegos de suerte y azar localizados debidamente autorizados emitidos por los alcaldes bajo la antigua reglamentación, deberán ser respetados.

 

 Por: Ghinna Vela Flórez – Asistente Jurídica de Fecoljuegos

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