Medidas en principales ciudades del país para evitar propagación de la COVID-19

El aumento en el número de casos por contagio de COVID-19 y la alta ocupación de UCI en diferentes territorios, llevaron a que los alcaldes locales tomarán medidas restrictivas para evitar la propagación del virus en las festividades de fin de año. Le contamos cuáles son las establecidas en las principales ciudades del país.

  • Bogotá

Medidas para el 31 de diciembre de 2020 y 1 de enero de 2021:

*Ley seca total.

*Restricción de fiestas en espacio público.

*Reuniones estrictamente con el círculo más cercano.

*Prohibición de pólvora

*Continúa el #picoycédula    (días pares aplica la medida para cédulas terminadas en número par y días imapres las cédulas termiandas en número impar. Tenga en cuenta que cualquier tipo de servicio está obligado a seguir esta medida, únicamente los servicios exceptuados son los centros de salud, las farmacias y los servicios funerarios).

*Continúa pico y placa

Medidas desde el 5 y hasta el 17 de enero 

  1. Cuarentena de 14 días en Suba, Engativá y Usaquén.

Restricción de la movilidad. (solo exceptuados)

Restricción total de actividades entre 8:00 p.m. y 5:00 a.m.

Prohibición de bebidas embriagantes el fin de semana

Una sola persona del núcleo familiar para compras de abastecimiento, farmacias y artículos de primera necesidad.

Actividad física máximo una hora al aire libre.

Mudanzas en casos de fuerza mayor.

Quienes lleguen de viaje podrán ingresar a la localidad y a sus domicilios sin restricción.

2. Nuevas medidas hospitalarias

Centralizar provisión y disponibilidad de medicamentos.

Aplazar procedimientos quirúrgicos no urgentes.

Monitoreo presencial de los gestores de salud de la Secretaría de Salud en las unidades de urgencias.

Reconversión de servicios para ampliar capacidad de UCI adultos.

3. Aislamiento preventivo voluntario por siete días.

Se pide aislamiento preventivo a quienes regresen

Detección y reporte de síntomas en el CoronApp y en la EPS.

Rige el pico y cédula en toda la ciudad.

Decreto 007 de 2021

Medidas desde el 7 hasta el 21 de enero 

Se declara alerta roja para toda la ciudad.

Se acatan recomendaciones del Gobierno Nacional. Restricción de la movilidad desde este jueves 7 de enero a las 11:59 p.m. hasta las 4:00 a.m. del martes 12 de enero.

A partir del 12 de enero y hasta el 17 de enero: toque de quede desde las 8:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del siguiente día.

Se mantiene cuarentena en Suba, Usaquén y Engativá.

A partir del martes 12 de enero cuarentena estricta de 14 días hasta el 21 de enero en Kennedy, Teusaquillo y Fontibón.

Pico y cédula se mantiene.

No se restringe movilidad intermunicipal

Decreto 10 de 2021 

Medidas desde el 15 al 28 de enero de 2021

Desde este viernes 15 de enero a las 8:00 p.m. y hasta el 18 de enero a las 4:00 a.m. Bogotá entrará a cuarentena total, solamente podrán estar abiertos los establecimientos esenciales y solo podrán movilizarse quienes hagan parte de las excepciones.

Suba, Engativá, Usaquén y Teusaquillo terminarán sus cuarentenas estrictas el lunes 18 de enero a las 4:00 a.m.

Continuarán en cuarentena estricta las localidades de Kennedy y Fontibón hasta el próximo 21 de enero a las 11:59 p.m.

Las localidades de Bosa, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Puente Aranda, Rafael Uribe y Usme, estarán en cuarentena hasta el 28 de enero a las 11:59 p.m.

Continúa el pico y cédula, así como la Ley seca en la ciudad y el toque de queda nocturno.

Medidas desde el 15 al 28 de enero de 2021

Mediante decreto distrital No. 018 del 14 de enero de 2021 la localidad de Tunjuelito entrará en cuarentena estricta desde las 8:00 p.m. del viernes 15 de enero de 2021 y hasta las 11:59 p.m. del jueves 28 de enero de 2021.

¿Cuáles son las excepciones a la cuarentena estricta en Tunjuelito?

Están exceptuadas las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:

  • Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad (se permiten domicilios). Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar entre las 5:00 a.m. y las 7:59 p.m.
  • Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y de animales.
  • Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso de que la autoridad así lo requiera.
  • Atención y emergencias médicas y veterinarias, atención pre hospitalaria
  • Las personas que retornan al Distrito Capital vía terrestre, así como aquellas que se desplazan a sus ciudades de origen desde la ciudad de Bogotá D.C. o que cuenten con viajes intermunicipales previamente programados.
  • La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar.
  • Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Abastecimiento y distribución de combustible
  • Insumos para producir bienes de primera necesidad e insumos agrícolas
  • Bienes y mercancías para el comercio electrónico y plataformas tecnológicas
  • La prestación de servicios: bancarios, financieros, vigilancia y seguridad privada, actividades notariales, inmobiliarias y de registro de instrumentos públicos, expedición licencias urbanísticas, centros de diagnóstico automotor.
  • El personal indispensable para la ejecución de obras civiles públicas
  • Las actividades de la industria hotelera.
  • Personal operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá D.C., programados durante el periodo restricción, debidamente acreditados con el documento respectivo, tales como pasabordos físicos o electrónicos o tiquetes, entre otros.
  • La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.
  • Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales exclusivamente para la comercialización de los productos y servicios a los que se refiere el artículo 1 del presente decreto.
  • Las demás excepciones se pueden consultar en el Decreto 018 de 2021.
  • Soacha

Se prohíbe la libre circulación de vehículos y personas desde las 8:00 p.m. del 8 de enero hasta las 4:00 a.m. del 12 de enero.

Decreto 001 de 2021 

Medida 11 de enero de 2021

El alcalde de Soacha levantó la medida de pico y placa para el 11 de enero de 2021.

Medidas desde el 15 al 18 de enero de 2021.

Toque de queda nocturno el viernes 15 de enero hasta las 04:00 a.m. del sábado 16 de enero, a partir de las 08:00 p.m. del sábado 16 habrá toque de queda general hasta el lunes 18 de enero a las 04:00 a.m.

  • Cundinamarca

Toque de queda y ley seca desde las 8:00p.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día, entre el jueves 7 de enero y el 11 de enero de 2021.

Pico y cédula: los días pares estarán restringidos cuya cédula termine en número par (0,2,4,6,8) y los días impares para los de cédula impar (1,3,5,7,9).

Decreto 002 de 2021

Instructivo medidas

Medidas desde el 12 al 16 de enero de 2021

Se amplían las medidas restrictivas impuestas en el puente de reyes en #Cundinamarca, hasta el sábado 16 de enero de 2021.

Toque de queda y prohibición de bebidas alcohólicas  de 08:00 p.m. a 05:00 a.m.

Pico y cédula en los 116 municipios del departamento.

Medidas desde el 15 de enero al 22 de enero de 2021

  • 113 municipios continuarán con toque de queda nocturno desde las 08:00 p.m. a 05:00 a.m. del siguiente día, hasta el 22 de enero de 2021.
  • Restricción total de la movilidad en Girardot, Facatativá y Fusagasugá desde el 15 de enero hasta el lunes 18 de enero de 2021.

 

  • Antioquia

Medidas desde el 14 al 19 de enero de 2021

Mediante decreto radicado No. D 2021070000228 del 13 de enero de 2021, el gobernador del departamento de Antioquia expide las medidas para cuidar la vida de los antioqueños.

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Medidas desde el 15 al 19 de enero de 2021.

Mediante decreto departamental Radicado: D 2021070000284 del 15 de enero de 2021, se estableció:

Toque de queda, prohibiendo la circulación de los habitantes de ciento ocho (108) municipios del departamento de Antioquia; de la siguiente forma:

  • Desde el viernes 15 de enero de 2021 hasta el martes 19 de enero de 2021, entre las 10:00 pm. y las 05:00 am. En los siguientes municipios del Área Metropolitana, con excepción de Medellín: (i) Caldas, (u) La Estrella, (iii) Sabaneta, (iv) Envigado, (y) ltagüí, (vi) Bello, (vi¡) Copacabana, (vi¡¡) Girardota y (ix) Barbosa. y los municipios de la Subregión Oriente:(¡) Rionegro, (u) El Santuario, (iii) Marinilla, (iv) El Retiro, (y) Guarne, (vi) La Ceja, y (vi¡) El Carmen de Viboral, el TOQUE DE QUEDA POR LA VIDA, regirá así:
  • Desde el viernes 15 de enero de 2021 hasta el sábado 16 de enero de 2021, entre las 10:00 pm. y las 05:00 a.m.
  • De manera continua desde las 6:00 pm. del sábado 16 de enero de 2021 hasta las 5:00 a.m. del lunes 18 de enero de 2021.
  • Desde el lunes 18 de enero de 2021 hasta el martes 19 de enero de 2021, entre las 10:00 p. m. y las 05:00 am.

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  • Medellín

*Pico y cédula: hasta el 31 de diciembre. Los números de identificación terminados en par podrán salir para las actividades autorizadas los días pares y la misma dinámica aplicará en el caso de los impares.

Aplica sólo para restringir compras en comercios, supermercados, centros comerciales. No afecta la movilidad en general ni asistencia a restaurantes\».

*Toque de queda: comenzará a partir de las 8:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., desde el 31 hasta el 2 de enero de 2021.

Decreto 1185 den 2020

Del 6  al 11 de enero 2021

Toque de queda nocturnos 10:00 p.m. a 5 a.m. (del 6 al 11 de enero).

Ley seca desde viernes 8 de enero 10:00 p.m. hasta media noche del lunes 11 de enero.

Continua pico y cédula.

Del 8 al 12 enero

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Medidas desde el 14 al 19 de enero de 2021

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Medidas desde el 15 al 18 de enero de 2021

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Cali

*Desde el 31 de diciembre a las 6 a.m. hasta el 4 de enero 6 am se cerrará el Río Pance , nos es imposible permitir la tradicional aglomeración de fin de año – Se posterga hasta nueva fecha la tradicional verbena popular realizada los 1ero de enero en Ulpiano, Comuna 13.

*Se ampliará la ley seca desde el día 31 de diciembre a las 5 p.m. hasta las 5 p.m. del día 2 de enero.

*Se continuará con el pico y cedula.

*Se prohibirá cualquier evento o reunión en espacio público

*Se mantendrá el toque de queda

Decreto 4112.010.20.2130 de 2020

Del 8 al 11 de enero 2021

Toque de queda y ley seca continuo  desde el viernes 9 p.m hasta el lunes a las 12 del día.

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Medidas desde el 12 al 18 de enero de 2021

Los días viernes 15, sábado 16, y domingo 17 de enero, se implementarán ley seca y toque de queda entre las 8:00 p.m. de cada día y las 5:00 a.m. del día siguiente.

El resto de los días de la semana la ley seca y el toque de queda se unifican en un solo horario desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.

Se mantiene el pico y cédula con la misma rotación actual, así como el cierre de Pance y los cerros tutelares.

Medidas del 15 al 18 de enero de 2021

Desde el viernes 15 de enero a las 7 a.m.  hay ley seca y toque de queda de manera continua hasta el lunes 18 de enero a las 5 a.m.

  • Barranquilla

*Toque de queda:  desde la 1:00 de la mañana del 1° de enero de 2021 hasta las 6:00 a. m. del mismo día.

*Ley seca: el expendio y consumo de licor estará restringido entre la 1:00 a.m. del 1° de enero y las 6:00 a.m. del 2 de enero.

Decreto 0814 de 2020

*No se han determinado restricciones para puente festivo.

 

  • Santa Marta

Medidas desde el 31 de diciembre y hasta el 16 de enero de 2021:

*Ley seca desde las 10:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.

*Pico y cédula para realizar la adquisición y pagos de bienes y servicios en cualquiera de los establecimientos bancarios y financieros, notarias, centros comerciales y trámites ante la Secretaría de Movilidad Distrital y el SIETT así:

Decreto 322 de 2020

Medidas desde el 16 de enero al 01 de marzo de 2021

La Alcaldía de Santa Marta adoptó el decreto nacional 039 por el cual se prorroga el aislamiento selectivo. A través de la disposición 006 el Distrito renueva el toque de queda entre las 12 de la media noche hasta las 4 de la mañana, desde 16 de enero al 01 de marzo.

  • Bucaramanga

Medidas establecidas por la Alcaldía de Bucaramanga desde este 30 de diciembre de 2020 y hasta el 16 de enero de 2021:

*Toque de queda desde el 30 de diciembre hasta el 16 de enero de 2021, desde las 11:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.

*Pico y cédula pares e impares para la movilidad, desde el 30 de diciembre hasta el 16 de enero de 2021.

*Toque de queda y ley seca desde las 9:00 p.m. del 31 de diciembre hasta las 6:00 a.m. del 2 de enero de 2021, y el 8 de enero desde las 9:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del martes 12.

 

Medidas desde el 15 al 22 de enero de 2021

Por ocupación UCI desde el 15 de enero y hasta el próximo 22 de enero se implementa todos los días pico y cédula de pares e impares y toque de queda con ley seca desde las 8 p.m. hasta las 5 a.m.

  • Departamento Santander

Para los habitantes de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta, Girón, San Gil, El Socorro, Barrancabermeja, Barichara, Aratoca, Los Santos, Rionegro, Lebrija y Barbosa

2020

*Pico y cédula para realizar compras, diligencias bancarias, trámites, entre otros.

  Martes 29 de diciembre cédula termine en 1-3-5-7-9

  Miércoles 30 de diciembre cédula termine en 0-2-4-6-8

 Jueves 31 de diciembre cédula termine en 1-3-5-7-9

*Toque de queda regirá el 31 de diciembre desde las 9:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del 2 de enero de 2021.

2021

*Pico y cédula:

Sábado 2 de enero cédula termine en 1 y 2.

Domingo 3 de enero cédula termine en 3 y 4

Lunes 4 de enero cédula termine en 5 y 6.

Martes 5 de enero cédula termine en 7 y 8.

 Miércoles 6 de enero cédula termine en 9 y 0.

Jueves 7 de enero cédula termine en 1 y 2.

Viernes 8 de enero cédula termine en 3 y 4.

*El toque de queda iniciará el viernes 8 de enero desde las 9:00 p.m. hasta el martes 12 de enero a las 6:00 a.m.

NOTA: tener en cuenta que particularmente en Bucaramanga el pico y cédula restringe completamente la movilidad.

Medidas del 8 al 16 de enero de 2021

El toque de queda y la ley seca inician el viernes 8 de enero a las 10:00 de la noche y finalizan el martes 12 a las 5:00 de la mañana

Se mantiene el pico y cédula hasta el 16 de enero. Para realizar compras, diligencias bancarias y trámites los habitantes de Floridablanca, Piedecuesta, Girón, San Gil, El Socorro, Barichara, Aratoca, Los Santos, Rionegro, Lebrija y Barbosa deberán tener en cuenta el dígito en el que finaliza el número de su cédula:

Viernes 8 de enero podrán salir las personas cuyo número de cédula termine en 3 y 4.

Martes 12 de enero podrán salir las personas cuyo número de cédula termine en 5 y 6.

– Miércoles 13 de enero podrán salir las personas cuyo número de cédula termine en 7 y 8.

Jueves 14 de enero podrán salir las personas cuyo número de cédula termine en 9 y 0.

Viernes 15 de enero podrán salir las personas cuyo número de cédula termine en 1 y 2.

Sábado 16 de enero podrán salir las personas cuyo número de cédula termine en 3 y 4.

Medidas desde el 15 al 22 de enero de 2021

Toque de queda y ley seca de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. y ley seca.

  • Cartagena

Medidas desde el 15 de diciembre de 2020 hasta el 16 de enero de 2021:

*Se restringe el desembarque en la zona insular de naves de cualquier calado, o especificación destinada a actividades turísticas, recreativas o deportivas, con excepción de los hoteles que se encuentran autorizados en el plan piloto de reapertura de islas o con autorización emitida por la Alcaldía de Cartagena.

*La permanencia en la playa y el ingreso de bañistas al mar en el Distrito de Cartagena, permitiéndose, exclusivamente, el uso de playas como espacio de tránsito peatonal

*Las actividades de discotecas y lugares de bailes.

*No habrá permisos para fiestas y eventos públicos

Así funcionarán los establecimientos abiertos al público

Los establecimientos de comercio en lugares como plazas, parques, playas y espacio público, en general, funcionarán de la siguiente manera:

*El horario de los establecimientos de comercio abiertos al público será desde las 05:00 a.m. hasta la 01:00 a.m. del día siguiente.

*Cada establecimiento de comercio debe contar al menos con una persona para garantizar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad

*El horario para las tiendas, billares, estancos, refresquerías, licoreras y salsamentarias, será de 06:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. de cada día. En estos establecimientos se prohíbe el consumo de alimentos, bebidas alcohólicas y licores.

*El uso de música y aparatos sonoros deberá ceñirse al cumplimiento de las normas sobre ruido y decibles, durante los horarios establecidos para el funcionamiento de establecimientos de comercio.

*El trámite y obtención de autorización para establecimientos de comercio dentro del programa de adapta-reactiva del Distrito de Cartagena, deben contar con la documentación exigida, adelantar el trámite correspondiente, establecer el protocolo de bioseguridad respectivo y atender las recomendaciones del Departamento Administrativo de Salud (Dadis).

Medidas para 1 de enero

*El horario de los establecimientos de comercio será hasta las 02:00 a.m., con excepción de las tiendas, billares, estancos, refresquerías, licoreras y salsamentarias, cuya restricción de horario se mantiene hasta las 22:00 horas.

*Máximo 10 personas en reuniones sociales.

*Prohibido fuegos artificiales. La venta, distribución y uso de juegos pirotécnicos hasta el 16 de enero.

Decreto 1585 del 15 de diciembre de 2020

*Sin medidas para el puente festivo de reyes. 

Medidas del 12 al 16 de enero de 2021

el alcalde, William Dau Chamat, emitió el decreto 0026 de 2021, por medio del cual se ordena mantener el toque de queda hasta el 16 de enero de 2021.

Por lo tanto, la medida establecida solo por el puente festivo de Reyes, se mantendrá hasta el sábado 16 de enero, en el horario comprendido entre las 00:00 horas y hasta las 05:00 horas de cada día.

Medidas desde el 16 de enero al 2 de febrero de 2021

Mediante decreto 0038 del 15 de enero de 2021, el alcalde de Cartagena dispuso:

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  • Villavicencio

*Hasta el 16 de enero del año 2021, la circulación de personas será bajo pico y cédula cuando el desplazamiento sea para abastecimiento familiar en alimentos, compra de productos de aseo y compra de bienes y servicios no esenciales.

*El pico y cédula aplicará para la realización de actividades en entidades bancarias, financieras, operadores de pago, casas de cambio y juegos de azar, así como el ingreso a museos, iglesias, bibliotecas, gimnasios, spa, peluquerías, comercio al por mayor y al por menor.

*La medida se implementará teniendo en cuenta el último digito de la cédula de ciudadanía de quien realiza el ingreso a estos establecimientos, y regirá de la siguiente manera:

  • Los días pares podrán ingresar a los establecimientos las personas cuyo último dígito de la cédula sea 2, 4, 6, 8 y 0.
  • Los días impares podrán ingresar a los establecimientos las personas cuyo último digito de la cédula sea 1, 3, 5, 7 y 9.

Decreto 456 del 2020

 

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Medidas desde el 15 al 17 de enero de 2021

Mediante decreto 037 del 15 de enero de 2021 el alcalde de Villavicencio declara toque de queda los días 15, 16 y 17 de enero de 2021 desde las 10: 00 p.m. hasta las 05:00 a.m. de día siguiente. A partir del 17 al 31 de enero, la circularización de personas se hará bajo la medida de pico y cédula, así:

Días pares: 2,4,6,8 y 0

Días impares: 1,3,5,7 y 9

  • Gobernación del Meta

*Toque de queda para los 29 municipios del Meta, incluida la capital Villavicencio.

31 de diciembre, de 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del 1 de enero del 2021.

*El departamento no decretará toque de queda para el puente festivo de reyes.

12 de enero es decretada Alerta Roja hospitalaria en el departamento

  • Boyacá

Medidas desde el 31 de diciembre de 2020 hasta el 3 de enero de 2021

*Toque de queda así:

*Ley seca: prohibido el expendio y consumo del departamento de bebidas alcohólicas desde las 6:00 p.m. del 31 de diciembre de 2020 hasta las 6:00p.m. del 1 de enero de 2021.

Decreto 505 de 2020

Del 8 al 11 de enero

Toque de Queda y ley seca del 8 al 11 de enero desde las 8:00 pm hasta las 5:00 am del día siguiente.

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Medidas del 6 al 8 de enero de 2021

Se decreta alerta naranja en el departamento.

Habrá toque de queda y ley seca del 8 al 11 de enero de 2021.

  • Tunja

Del 6 al 20 de enero

Prohibida la circulación entre las 9 p. m. y las 5 de la mañana del día siguiente.

Para menores de edad desde 6 p. m. hasta las 5 a. m. del día siguiente.

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Medidas del 8 al 16 de enero

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Medidas del 15 al 18 de enero de 2021

 

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  • Ibagué

Medidas hasta el 4 de enero de 2020:

*Toque de queda nocturno, desde las 8:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.

* Toque de queda especial, desde las 8:00 p.m. de este 24 de diciembre de 2020, hasta las 5:00 a.m. del 26 de diciembre de 2020 y, desde las 8:00 p.m. del 30 de diciembre de 2020, hasta las 5:00 a.m. del 2 de enero de 2021.

*Pico y cédula para el acceso y pago de bienes y servicios en todos los establecimientos y entidades de la ciudad, salvo hoteles y restaurantes, incluyendo plazoletas de comidas en los centros comerciales. Dicha medida regirá de la siguiente manera:

Lunes: 0-1-2-3

Martes: 4-5-6-7

Miércoles: 8-9-0-1

Jueves: 2-3-4-5

Viernes: 6-7-8-9

Sábado: 0-1-2-3-4

Domingo: 5-6-7-8-9

Decreto 0675 de 2020

Del 8 al 10 de enero

Confinamiento total y ley seca  a partir del viernes 8 de enero a las 8 de la noche, hasta el domingo 10 de enero a las 5 de la mañana. 

Desde el 7 de enero y hasta el 12 de enero

Toque de queda continuo desde las 7:00 p.m. de este jueves 7 de enero y hasta las 5:00 a.m. del martes 12 de enero.

Medida del 12 al 16 de enero de 2021

Toque de queda nocturno desde las 08:00 p.m. hasta las 05:00 a.m. del día siguiente.

Medidas del 15 al 21 de enero de 2021

A partir del viernes 15 de enero a las 8 p.m. hasta el lunes 18 de enero a las 5 a.m. habrá toque de queda permanente, desde el lunes 18 de 08:00 p.m. a las 05:00 a.m. hasta el jueves 21 habrá toque de queda nocturno.

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  • Cúcuta

Mantiene medidas

*Toque de queda:

Lunes a viernes: desde las 7:00p.m. hasta las 5:00 a.m. (hasta el 8 de enero de 2020)

Los días 1,2 y 3 de enero se prohíbe totalmente la circulación de vehículos y personas en todo el municipio.

Decreto 0584 de 2020

El pico y cédula se mantiene hasta el 18 de enero, y la restricción total de movilidad los 2 próximos fines de semana, es decir, de las 19:00 horas de los viernes 08 y 15 de enero hasta las 05:00 horas del martes 12 y lunes 18 de enero.

Decreto 002 de 2020

Medida desde el 16 al 17 de enero de 2021

Se levanta toque de queda total para el sábado 16 y domingo 17 de enero, la restricción en la movilidad durante la noche, el sábado y domingo, ya no será de 7:00pm a 5:00 am del siguiente día, sino desde las 9:00 p.m. a 05:00 a.m.

  • Norte de Santander

Medidas hasta el 12 de enero:

Ampliación toque de queda y ley seca en todos los municipios del departamento hasta el martes 12 de enero. (Desde las 7:00p.m. hasta 5:00 a.m. del siguiente día).

Confinamiento total de 82 horas para el puente festivo de reyes (9,10 y 11 de enero).

Prohibido las reuniones con aforo superior a diez personas.

Norte de Santander

Medidas del 12 al 16 de enero de 2021

Mediante decreto No. 000028 del 2021, el gobernador amplía la medida de toque de queda, prohibiendo el desplazamiento y circulación de personas y vehículos entre 07:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. de la mañana del día siguiente en el departamento.

Prohibición de bebidas embriagantes en espacios públicos del departamento, entre 07:00 p.m. y 5:00 a.m.

Restringe las actividades de carácter recreativo, así como las deportivas en conjunto.

Medida desde el 16 al 17 de enero de 2021

Se levantan el toque de queda para el sábado 16 y domingo 17 en el departamento.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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