Se expide el decreto antitrámites No. 2106, mediante el cual se da cumplimiento al artículo 59 de la Ley 1955 de 2019

La Presidencia de la República, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en el artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, expidió el Decreto Ley No. 2106 del 22 de noviembre del año en curso, “Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existente en la administración pública” (Decreto Antitrámites).

El Decreto, en lo consignado su artículo 56, da cumplimiento al artículo 59 de la Ley 1955 de 2019, así:

“Artículo 56. Liquidación de elementos de juegos de suerte y azar localizados. Los operadores de juegos de suerte y azar localizados con contrato de concesión en ejecución deben realizar la declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación mensual en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 1955 de 2019.

No obstante, cuando alguno de los elementos autorizados no cumpla alguna de las condiciones previstas en el artículo 59 de la Ley 1955 de 2019, se declarará, liquidará y pagará de forma individual y con las tarifas previstas en el artículo 34 de la Ley 643 de 2001.

Coljuegos expedirá las condiciones para elaborar la liquidación sugerida; en todo caso las liquidaciones mensuales que arrojen valores negativos se igualarán a cero y no generarán saldos a favor de los concesionarios para la mensualidad siguiente”.

Descargue aquí el referido decreto.

decreto_2106_2019

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