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MinSalud y MinComercio resuelven clausura de establecimientos de JSA a causa del COVID 19

La medida adoptada en la resolución 453 de 2020 rige a partir de su publicación y hasta el 15 de abril del año en curso, toda vez que no desparezcan las causas que le dieron origen al acto administrativo.La resolución suscrita por el ministro de Salud Fernando Ruiz Gómez y el ministro de Comercio Industria y Turismo José Manuel Restrepo Abonado por la cual\» se adoptan medidas sanitarias de control en algunos establecimientos por causa del COVID-19 y se dictan otra disposiciones\» resuelve que se debe clausurar temporalmente en todo el territorio nacional los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión; de baile; ocio y entretenimiento y juegos de suerte y azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.

Así mismo, la resolución indica que la violación o no cumplimiento de las medidas adoptadas en este acto administrativo dará lugar a sanciones penales y pecuniarias previstas en los artículos 368 del código penal y 2.8.8.1.4.21 del decreto 780 de 2016.

Por último, el documento indica que la vigencia de estas medidas que se solicitan se adopten regirán a partir de la fecha de publicación y hasta el 15 de abril de 2020, sin embargo, en el parágrafo del artículo 4 \»Vigencia\», se especifica que las medidas que se contemplan en la resolución podrán finalizar antes del tiempo previsto si desaparecen las causas que le dieron origen, o podrán prorrogarse si persisten o se incrementan.

Fecoljuegos estará al tanto del pronunciamiento por parte de Coljuegos sobre la suspensión inmediata de los contratos para el término de la vigencia de esta resolución o del estado de emergencia decretado por el Gobierno Nacional hasta el 30 de mayo de 2020.

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