Alcaldía de Cartago, Valle del Cauca autoriza plan piloto para casinos y bingos

Mediante el decreto 349 de 13 de agosto de 2020, el alcalde Víctor  Alfonso Álvarez Mejía permite la implementación de planes piloto en los establecimientos de casinos y bingos, de acondicionamiento físico y los locales comerciales que presten en el servicio de comida.
Cartago se convierte en el primer municipio del país que autoriza la aplicación del plan piloto, después de que el Gobierno Nacional a través del decreto 1076 de 2020 permitirá a todos los municipios en coordinación con el Ministerio del Interior, la implementación de estos planes. 

De esta manera, el decreto 349 dispone que los operadores que desarrollen la actividad de casinos y bingos en la ciudad, deben cumplir con lo establecido en la resolución 666 del 12 de abril de 2020 y la resolución 1359 del 10 de agosto de 2020 proferidas por el Ministerio de Salud y Protección Social. La Secretaría de Salud y Protección Social municipal será la encargada de verificar el cumplimiento de la implementación de los protocolos de bioseguridad. 

Al respecto, el presidente de Fecoljuegos Evert Montero Cárdenas, celebró el avance que se ha logrado para la reactivación del sector y aseguró que con el protocolo de bioseguridad aprobado por el Ministerio de Hacienda y Protección Social, ahora los recursos para la salud de los colombianos están en manos de los alcaldes, quienes deben autorizar la implementación de los planes piloto permitidos por el Gobierno Nacional y agregó que \»desde Fecoljuegos hemos venido participando activamente en los procesos de aplicación de los piloto con las diferentes autoridades locales del país y con Coljuegos, esta aprobación en Cartago  es un comienzo significativo para la industria, que esperamos se multiplique muy pronto en todo el territorio nacional\».

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Instrucciones que deben cumplir quienes participen del plan piloto:

  1. Contar con el protocolo de bioseguridad documentado, implementado, radicado y validado.
  2. Para la radicación y validación del protocolo de bioseguridad, deberá presentarse  ante la secretaría de salud del Municipio de Cartago Valle mediante los siguientes canales:

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3. Los horarios establecidos para el funcionamiento de los casinos y bingos se ajustarán a las medidas de orden público ordenadas por el Gobierno Nacional y Departamental y se ajustarán a las directrices definidas por el Gobierno Municipal.

4. La inobservancia del contenido del decreto acarreará de acuerdo con el Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la aplicación de multas sucesivas hasta los 10.000 salarios diarios mínimos legales vigentes, suspensión temporal o definitiva de la actividad comercial o prisión de cuatro a ocho años. 

En el municipio de Cartago hay 10 establecimientos y 611 elementos de juego los cuales emplean 137 personas y recursos para la salud por concepto de derechos de explotación de aproximadamente 2.600 millones de pesos. 

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